Regularizarse estudiando. Ahora se llama arraigo socioformativo, y con el reglamento vigente ha mejorado bastante.
Dos años de permanencia en lugar de tres, y la autorización permite trabajar desde el primer día — antes no.
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Con el reglamento anterior era el «arraigo para la formación». Con el Real Decreto 1155/2024 pasó a llamarse arraigo socioformativo, y cambiaron tres cosas importantes:
2 años
de permanencia, no tres. Un año menos de espera.
Trabajar
desde el primer día. Antes la autorización no lo permitía.
790-052
es la tasa, no la 012. Pagar la otra es rechazo directo.
Si estás leyendo una guía que dice «tres años» o «no permite trabajar», es de antes de 2025 y ya no aplica. Las cinco vías, comparadas.
El compromiso de completar la formación es real: si abandonas el curso, la autorización se puede revocar. No es un trámite de papel, es un compromiso.
Tiene que ser formación reglada — no cualquier curso. En la práctica se trata de formación oficial y con reconocimiento: certificados de profesionalidad, formación profesional, o formación conducente a titulación oficial.
Antes de matricularte y pagar, comprueba que el centro y el programa encajan en lo que exige el reglamento. Es un error caro: se pierde el dinero del curso y el tiempo del expediente.
Si tienes dudas con un programa concreto, mándanos el nombre del curso y del centro y te decimos si tiene sentido presentarlo.
El arraigo concedido es una autorización, y toda autorización trae tarjeta física:
La duración general de la autorización es de un año. Calcula tus fechas.
Coloquialmente sí, y mucha gente lo busca así. Su nombre en el reglamento vigente es arraigo socioformativo, y es la misma figura mejorada.
Dos, no tres. Bajó con el Real Decreto 1155/2024, y las ausencias de España no pueden superar los 90 días en ese periodo.
Sí, desde el primer día. Con el reglamento anterior no se podía, y es uno de los cambios más importantes.
La autorización se puede revocar: el compromiso de completar la formación forma parte de los requisitos. Si tienes un problema con el curso, resuélvelo antes de abandonarlo.
No: tiene que ser formación reglada y con reconocimiento oficial. Mándanos el nombre del curso y del centro y te decimos si encaja.
La 790-052 para el expediente de arraigo, y después la 790-012 para la tarjeta. Son dos tasas distintas en dos momentos distintos.
No: no se puede ser solicitante de protección internacional al presentar el arraigo ni durante su tramitación.
Última revisión: 5 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos, los importes y los plazos los fija la Administración y pueden cambiar.
La gestión del arraigo son 99 €, y se pagan cuando la cita está confirmada. Con el Prioritario te revisamos además la documentación antes de presentar.